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Solares | Ref.: 32103

OPORTUNIDAD URBANISTICA EN DOS PARCELAS EN VILARNADAL

OPORTUNIDAD URBANISTICA EN DOS PARCELAS EN VILARNADAL


VILARNADAL- ALT EMPORDÀ- GIRONA
Metros: 4790 m2
Venta: 496.500,00 €

A 10 minutos de Figueras. El pueblo de Vilarnadal se encuentra a 2 Km al sur-oeste de Masarac y está dentro de su término municipal. Pertenece a la comarca del Alt Empordà, Girona.

Ambas parcelas lindan al oeste con la riera de Vilarnadal. La Isla 01, consta de 3.417 m2 y linda al norte con terrenos de propiedad privada, al este con calle de la Font y al sur con calle de Misa. La isla 02 tiene 1373 m2 y linda al norte con calle de Misa y al este y sur con terrenos de propiedad privada. En su vértice sur-este dispone de un acceso que lo conecta con la C/ de Nou.

La Isla 01 se encuentra ocupada por 1817 m2 de edificaciones de usos diferenciados como son: un cubierto y edificación aneja, un pajar, un almacén, y tres edificios de viviendas, de los cuales sólo uno se encuentra en uso.  

Al sur, la Isla 02 se encuentra libre de edificaciones. 

Existen varias opciones de edificación para el conjunto ya disponibles. Desde 1 sola casa hasta 4 viviendas en la Isla 02, o hasta 22 viviendas incluyendo la Isla 01.

Planeamiento vigente y calificación de suelo:

  • Plan de Ordenación Urbanística Municipal (POUM.) de Diciembre de 2012.
    • Zonas: Clave 2 Zona Urbana Tradicional Sub zonas 2a y 2p
    • Sistemas:
      • V Espacios Libres-Sistema de parques o jardines urbanos
      • H Sistema Hidrográfico
      • X Vialidad
  • Pla Territorial de les comarques Gironines de Octubre de 2010.
  • Pla director Territorial de l'Empordá de Octubre de 2006.

Parámetros urbanísticos en la Zona 2a

  • Superficie mínima de parcela: 250 m2
  • Fachada mínima de parcela: 10 m
  • Tipo de ordenación: Edificación con alineación de vial obligatoria / Profundidad delimitada
  • Densidad máxima de vivienda: 1 viv cada 150m2 de techo edificable
  • Ocupación máxima: 90%
  • Edificabilidad: 1,8 m2 techo/m2 suelo
  • Altura reguladora máxima: 6,7 m
  • Nº Plantas: PB+ PP+ Golfa
  • Subterráneo: Se admite una planta subterránea
  • Altura máxima de la edificación: 8,7 m
  • Superficie útil mínima por vivienda: 70 m2
  •  Aparcamiento: 1 plaza cerrada por vivienda
  • Usos: Usos residenciales unifamiliares o bifamiliares,alojamientos turísticos, sanitario (restringido a consultorios médicos) restauración, comercial, almacén de primera categoría y segunda, e industrial de primera y segunda categoría.

Parámetros urbanísticos en la Zona 2p

  • Se admiten únicamente construcciones auxiliares

Sistemas Generales

Son sistemas generales los suelos del ámbito del proyecto con calificación V Espacios Libres- Sistema de parques o jardines urbanos, H Sistema Hidrográfico y X Vialidad.

Según el artículo 94 del Capítulo II se entiende como Sistemas generales el conjunto de elementos de interés general que, relacionados entre sí, configuran la estructura general y orgánica del territorio y son determinantes para asegurar el desarrollo urbano.

Dicho suelo se obtendrá por el sistema de expropiación siempre que no estén sujetos a dentro de sectores de planeamiento derivado. Serán de cesión gratuita y obligatoria los comprendidos dentro de los sectores de planeamiento parcial, o se determinen a través de polígonos de actuación.


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